Más sobre la patria judicial

Implotado por Ruizist! el 14.05.10 @ 22:29 | 2 comentarios
Temas recurrentes: Geopolítica, Ser nacional | Keywords: , , , , , ,

“Por razones políticamente explicables, en la jurisprudencia argentina casi no existen condenas por prevaricato y no es precisamente porque tengamos los mejores jueces del mundo. La razón proviene de dos fuentes. Ambas corporativas. Es decir, ambas antidemocráticas. La corporación judicial difícilmente condene a un par y la corporación política hizo fracasar los sistemas de contralor de las inconductas judiciales porque la otra corporación siempre le fue funcional. Entre ambas se intercambiaron múltiples favores.”

A propósito de este análisis y del notorio affaire Baltasar Garzón, ¿alguien sería tan amable de explicarme cómo catzo se prueba el dolo en un caso de prevaricato? ¿Intentan leerle la mente al acusado? ¿Lo corren con frases tipo, “bueno, mirá que ahora va en serio, ¿eh?”. Con una mano en el corazón y otra en el izquierdo (?), estar a merced de las leyes que dicta esta gentuza me provoca una extraña mezcla de miedo y lástima.

Ah, la cita es de autor anónimo. O búsquenla en Internet (?).

2 comentarios »

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  1. A ver si este extracto de una sentencia, que podemos compartir o no, después daré mi posición al respecto, nos aporta algo a la cuestión.

    “…Es requisito del prevaricato “de derecho” -resolución que es contraria a la ley expresa invocada por las partes- que el juez lleve a cabo la contradicción conociéndola, ya que los magistrados son pasibles de error en la calificación de los hechos y aplicación de las normas de la ley, mas ello no ha de deducirse en la medida que no medie prueba plena de infracciones dolosas o quebrantamiento intencionales de la ley, ya que no se concibe que el magistrado haya incurrido en prevaricato frente a una resolución equivocada o contraria al criterio legal, doctrinario o jurisprudencial. Si el prevaricato es una falsedad, como todas ellas, se requiere el conocimiento de la falsía. El autor debe tener conocimiento y voluntad de resolver contra lo dispuesto por la ley invocada como fundamento de su fallo, con independencia de los resultados beneficiosos o perjudiciales para alguna de las partes, por lo que se requiere dolo directo y la existencia de culpa o error excluyen el prevaricato. Por ello, y dado que no puede analizarse el acierto o desacierto de los pronunciamientos dictados en otra sede judicial, máxime cuando la cuestión parece reflejar discrepancias interpretativas, corresponde sobreseer al imputado.”

    Comentó Seba el 28.05.10 a las 1:42 pm — #permalink

  2. Una cuestión aparte que puede servir para ejemplificar la incoherencia legislativa-jurídica.

    Arbitrariamente elijo un caso así:
    X maneja su automóvil y mata a Y.

    Cómo podemos determinar si existió dolo o culpa?. Bueno, algunos grandes doctrinarios, ante esta complejidad, inventaron lo que se conoce como “dolo eventual” (que explicado burdamente sería algo así como: el conductor (X) sabía que podía matar a alguien, pero pensó y se dijo a sí mismo: a mí qué me importa?)
    Maravilloso, verdad?. Los jueces leen la mente. No hablamos aquí de una prueba objetiva (que podría, aunque muy difícilmente, existir en algún casos), sino de un “subjetivismo” extremo que aumenta altamente la pena (me refiero a la diferencia entre un homicidio culposo y un homicidio con dolo eventual).

    Saludos.-

    Comentó Seba el 28.05.10 a las 1:49 pm — #permalink

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