Mini-catarsis

Implotado por Ruizist! el 27.09.07 @ 1:50 | 2 comentarios
Temas recurrentes: Computando, Medios |

InfoBosta, ¿por qué no ponés los acentos adentro de las notas y no en los links, la concha bien de tu puta madre?

Ah, ya me siento mejor (?)

2 comentarios »

Suscripción a RSS para los comentarios de este post. URI para trackbacks

  1. Ché, que pasa? Vine a buscar las nuevas declaraciones del gran Ricky y todavía no están…

    Por favor, ya soy adicto.

    Comentó P e r r o n e g r O el 27.09.07 a las 9:14 am — #permalink

  2. No sabía como mandarte esto entonces lo pongo acá:
    Acoso moral: responsabilidad solidaria de dos gerentes.
    Comenta el Dr. Rodolfo Aníbal González
    La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala 3ª, estableció en el juicio “Veira, Mónica P. c. Editorial Perfil S.A. y otros”, que al haberse acreditado que la trabajadora fue víctima de acoso, resulta procedente la reparación por daño moral, y que la configuración de una situación ilícita pergeñada por empleados superiores de la empresa impone condenar a dichas personas físicas en forma solidaria.
    El caso.
    Con la prueba testimonial quedó acreditado que la dependiente sufría hostigamiento en su trabajo por parte de los codemandados Tarrio y Piro, empleados jerárquicos de la empresa, quienes la acosaban moralmente.
    En efecto, los testigos declararon que los accionados hacían comentarios sobre el desempeño laboral de la demandante, la trataban de inútil y de lenta, criticaban las notas que hacía, por ejemplo decían “viste que mierda la nota de Maradona” (sic) cuando todos sabían que esa nota había sido escrita por aquélla.
    El acoso moral.
    El acoso moral en el trabajo consiste en “cualquier manifestación de una conducta abusiva y, especialmente, los comportamientos, palabras, actos, gestos y escritos que puedan atentar contra la personalidad, la dignidad o la integridad psíquica o física de un individuo, o que puedan poner en peligro su empleo, o degradar el clima de trabajo”.
    Según los jueces, quedó acreditado que la actora sufría de acoso psicológico, ya que los testigos fueron coincidentes en la persecución laboral que sufría la trabajadora y en cómo este comportamiento incidió en su estado físico, ya que comenzó a adelgazar y se la veía temblorosa y muy angustiada.
    El tribunal consideró que se trató de conductas ilícitas de las cuales fue víctima la empleada durante el desarrollo del vínculo laboral, protagonizadas por quienes, por sus funciones jerárquicas, representaban al empleador en el lugar de trabajo.
    En consecuencia, al haberse acreditado que la actora fue víctima de acoso moral, se consideró procedente su reparación fijando su monto en la suma de un año de salarios, y condenando a su pago a la empleadora y, solidariamente, a sus dos empleados jerárquicos.
    Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala 3ª, “Veira, Mónica P. c. Editorial Perfil S.A.”
    12 de julio de 2007, jueces Ricardo A. Guibourg y Roberto Eiras. ♦

    Comentó ezequiel el 27.09.07 a las 9:34 am — #permalink

Dejar un comentario

Tags permitidos: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>


Copyleft Mut@ntes 2002/2024 � CMS: Wordpress 4.7.1 � Theme: Pool 1.0.7 (hacked) � RSS de entradas y comentariosSnap
Plugins: Audio Player, Akismet, Brian's Latest Comments, Clean archives reloaded, Force Word Wrapping, W3TC y WP-Contact Form